El ARRENDATARIO destinará la Zona de trabajo a la realización de servicios que expresamente comunicó al momento del registro, a través del espacio arrendado.
El ARRENDATARIO debe poseer las autorizaciones y licencias preceptivas para el desarrollo de su actividad, siendo de su responsabilidad mantener la vigencia de las mismas.
El ARRENDATARIO no podrá modificar el destino de la Zona de trabajo arrendado sin el consentimiento expreso y por escrito del ARRENDADOR.
La Actividad y uso de la Zona de trabajo arrendada se realizará durante el siguiente horario máximo de apertura al público del Local, esto es de 8:00 h a 20:00 h.
El Arrendatario se obliga a respetar el desarrollo normal y pacífico de su actividad en el Local, obligándose a mantener su zona en buen estado de limpieza y conservación.
El Arrendatario podrá hacer uso, previa reserva a través de la web de iLynko habilitada para ello por el Arrendador de la zona destinada a exposición y de las salas de reuniones, facilitándole para ello un nombre de “usuario” y una contraseña.
No obstante lo anterior, el Arrendatario no podrá acaparar la reserva de los espacios de manera permanente aun habiendo reservado previamente. El uso y reserva de los espacios comunes será congruente y se hará con respeto al derecho de uso del resto de los arrendatarios. En caso de discrepancia, mediará el Arrendador para que se produzca un uso responsable.
El Arrendatario dispondrá de su propio personal y bajo su responsabilidad para el ejercicio de la actividad indicada, siendo de su cuenta todos los gastos y salarios derivados de dicho personal, y debiendo cumplir con todas las obligaciones legales relativas a dicho personal, manteniéndose al corriente de sus obligaciones con la seguridad social, con los seguros o demás contingencias derivadas de dichos empleados.
Ninguna de las partes ni sus empleados será, en modo alguno, empleado de la otra parte, sin que se tenga facultad para representar o comprometer.
Las Partes no se encuentran vinculadas por una relación laboral, ni común ni especial, limitándose su relación a la establecida en el presente documento.
El Arrendador pone a disposición del arrendatario un dispositivo acceso inteligente (dispositivo móvil, Akiles app) que es indispensable para acceder al área de trabajo.
Se hará un uso responsable de la climatización, conectándola y desconectándola a la entrada y salida, pudiendo estar en funcionamiento mientras se esté el en local, esto es de 8:00h a 20:00h, debiendo, no obstante, desconectarla aun sin haber llegado a las 20:00h si se ausenta del local y no quedan otros usuarios.
De igual modo, la persiana o cierre de entrada debe permanecer cerrada durante esa misma franja horaria. Es de responsabilidad del arrendatario cerrar debidamente la puerta y desconectar la iluminación y la climatización cuando éste sea el último en salir del local, independientemente de la hora.
Si se tienen llamadas telefónicas breves en tu puesto de trabajo, debes hablar en voz baja y mantener un tono bajo (SI ES UNA LLAMADA LARGA, DEBES USAR LAS SALAS DE REUNIONES) para no molestar a los demás compañeros de trabajo.
El espacio no cuenta con servicio de limpieza diario, por lo que es responsabilidad de los usuarios mantener los aseos limpios.
Los residuos generados por cada arrendatario serán depositados a diario en los contenedores situados a la salida del local.
Se hará de igual modo un uso responsable de la fotocopiadora y escáner con que cuenta el local. Mensualmente de dará lectura de lo consumido y se facturará aparte (servicio solo para usuarios de larga duración), a razón de:
FOTOCOPIA + PAPEL
A estos precios se les incrementará el IVA vigente en cada momento.
Los precios se verán incrementados anualmente con el IPC correspondiente.
El ARRENDADOR asumirá todos los gastos de suministros y servicios que se deriven del Local, así como cualquier tributo, tasa o impuesto que grave directamente el Local, entre ellos el Impuesto sobre Bienes Inmuebles, encontrándose dichas cantidades incluidas dentro del precio del arrendamiento establecido.
Serán de cuenta del ARRENDATARIO los gastos y tributos derivados exclusivamente de la actividad desarrollada por éste en la Zona del Local arrendada.
La extinción por transcurso del término pactado del arrendamiento de la Zona de trabajo no dará al ARRENDATARIO derecho a indemnización alguna con independencia de la duración del contrato y de la actividad desarrollada en la misma.
El ARRENDATARIO se hace directa y exclusivamente responsable y exime de toda responsabilidad al ARRENDADOR, por los daños y perjuicios que puedan ocasionarse a personas o cosas, y que sean derivados del uso de cualquiera de las zonas del Local por el ejercicio de la actividad, así como de las instalaciones o equipamientos instalados en su zona de trabajo.
Uno de nuestros representantes se estará comunicado con usted a la brevedad para ultimar detalles. Bienvenido!